lunes, 6 de julio de 2015

LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES 

Las garantías constitucionales comenzaron a imponerse en las naciones-estado que surgieron durante y después de la época de la Ilustración. Como resultado de la Revolución Francesa, por ejemplo, a los ciudadanos franceses se les garantizó la libertad de movimiento, expresión, culto y reunión, además de seguridad pública, derechos de propiedad, educación, igualdad y el disfrute de todos los derechos considerados como naturales del hombre. La nueva nación francesa sufriría después de periodos de inestabilidad política, y estos derechos serían puestos en peligro en más de una ocasión. Sin embargo, para la época, el reconocimiento de los mismos supuso un estruendo en la escena política internacional, en donde la mayor parte del mundo vivía bajo gobiernos tiránicos y absolutistas, que no reconocían ninguna de las libertades básicas del hombre.
Otro ejemplo notable de garantías constitucionales se encuentra en Estados Unidos, en donde la Carta de Derechos enmendó la constitución para incluir el reconocimiento a múltiples derechos de los ciudadanos, como la libertad de expresión, culto, reunión, prensa y petición al gobierno, además del derecho de portar armas, la prohibición de todo tipo de tortura, el reconocimiento a la propiedad privada y el derecho a que los ciudadanos tuvi

eran un juicio justo y con un proceso claro y específico.
Las garantías constitucionales pueden ser modificadas a lo largo del tiempo, aunque en condiciones ideales, el proceso para conseguirlo debe ser más largo y premeditado que el de cambiar una ley cualquiera.

Hoy en día, muchos países adoptan garantías constitucionales, aunque existen problemas a la hora de hacerlos respetar. Muchos países, por ejemplo, tienen garantías de libertad en sus constituciones, pero en la práctica los gobiernos actúan de forma tiránica o dictatorial.

Tipos de Garantías Constitucionales:
1. La Acción de Hábeas Corpus, que procede ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos.
2. La Acción de Amparo, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución, con excepción de los señalados en el inciso siguiente. No procede contra normas legales ni contra resoluciones judiciales emanadas de procedimiento regular.
3. La Acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el Artículo 2º, incisos 5 y 6 de la Constitución.
4. La Acción de Inconstitucionalidad, que procede contra las normas que tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, reglamentos del Congreso, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales que contravengan la Constitución en la forma o en el fondo.
5. La Acción Popular, que procede, por infracción de la Constitución y de la ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen.
6. La Acción de Cumplimiento, que procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades de ley. Una ley orgánica regula el ejercicio de estas garantías y los efectos de la declaración de inconstitucionalidad o ilegalidad de las normas.



El ejercicio de las acciones de hábeas corpus y de amparo no se suspende durante la vigencia de los regímenes de excepción a que se refiere el Artículo 137º de la Constitución.
Cuando se interponen acciones de esta naturaleza en relación con derechos restringidos o suspendidos, el órgano jurisdiccional competente examina la razonabilidad y la proporcionalidad del acto restrictivo.

Derecho Internacional Humanitario


¿Qué es el derecho internacional humanitario?
El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también "derecho de la guerra" y "derecho de los conflictos armados". El DIH es parte del derecho internacional, que regula las relaciones entre los Estados. Está integrado por acuerdos firmados entre Estados –denominados tratados o convenios–, por el derecho consuetudinario internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por principios generales del derecho. El DIH se aplica en situaciones de conflicto armado. No determina si un Estado tiene o no tiene derecho a recurrir a la fuerza. Esta cuestión está regulada por una importante parte – pero distinta– del DIH, que figura en la Carta de las Naciones Unidas.

¿De dónde proviene el derecho internacional humanitario?
El origen del DIH se remonta a las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones. La guerra siempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres. La codificación del DIH a nivel universal comenzó en el siglo XIX. Desde entonces, los Estados han aceptado un conjunto de normas basado en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las exigencias militares de los Estados. En la misma medida en que ha crecido la comunidad internacional, ha aumentado el número de Estados que ha contribuido al desarrollo del DIH. Actualmente, éste puede considerarse como un derecho verdaderamente universal.

¿Dónde se encuentra el derecho internacional humanitario?
 El DIH se encuentra esencialmente contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, en los que son parte casi todos los Estados. Estos Convenios se completaron con otros dos tratados: los Protocolos adicionales de 1977 relativos a la protección de las victimas de los conflictos armados. Hay asimismo otros textos que prohíben el uso de ciertas armas y tácticas militares o que protegen a ciertas categorías de personas o de bienes. Son principalmente:
 • la Convención de la Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos Protocolos; 
• la Convención de 1972 sobre Armas Bacteriológicas; 
• la Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales y sus cinco Protocolos; 
• la Convención de 1993 sobre Armas Químicas; 
• el Tratado de Ottawa de 1997 sobre las Minas Antipersonal; 
• el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados. Ahora se aceptan muchas disposiciones del DIH como derecho consuetudinario, es decir, como normas generales aplicables a todos los Estados.

Discriminación , un problema de nunca acabar.

Caso 01: La Empleada Audaz


1.-¿ Puede  considerarse discriminatorio el trato que recibía Maggie en ese hogar? ¿Puede ser considerado racista?
De una u otra manera se podía apreciar la discriminatorio ya que existían diferencias en la comida , en el hogar y en el trato. 

2.-¿ Pueden ser denunciados penalmente Eugenio y Maritza  por discriminación aunque nunca tuvieron expresiones racistas? 
Si podían ser denunciados , si es cierto nunca tuvieron expresiones racistas pero sus actitudes decían todo lo contrario. 

3.-¿ Puede ser denunciado un arquitecto que diseña una habitación de servicio de carácter infrahumano ? 
No lo creo , ya que existen personas que lo contrataron con el fin que haga una habitación con esas caracterizaras.
A las personas que lo contrataron serian las que tendrían el problema. 

4.-¿ Qué le recomendaría a Maggie? 
Si no cumplió los beneficios laborales que se le debe corresponder, debería ella denunciar al Ministerio de Trabajo para que ella se haga respetar sus derechos.

Caso 02: La Talla

1.- ¿Cómo demostrar que no ha sido discriminado por su talla, en caso de que no tuviera buenos antecedentes académicos?Si podría demostrar revisando las notas de los postulantes que si ingresaron.

2.- ¿Ante los argumentos que señala la Marina de Guerra, existe discriminación racial? ¿ Cabe la discriminación “indirecta” o “de hecho”?Si existe discriminación indirecta pero las actividades que se va realizar necesitan ciertos requisitos como la talla, las buenas calificaciones,etc.

3.- En caso de que el agraviado no interponga un proceso de amparo, ¿Lo pueden hacer terceros en su nombre? ¿Que hacer? ¿ Puede calificar el derecho a la no discriminación como un derecho difuso?Si, se puede hacer una carta poder notarial.
 4.- En caso de que el afectado haya decidido iniciar un proceso de amparo, ¿ Cómo puede comprobar la vulneración de su derecho si la instancia probatoria del amparo es por lo general documental? ¿ Puede un juez señalar que, ya que se necesita mayor actividad probatoria  por la dificultad de probar los hechos, el caso es improcedente y debe verse en otra vía?El juez si puede declararlo improcedente y enviarlo a otra vía.

5.- ¿Podría interponer denuncia penal por discriminación?Si, puede interponer una denuncia penal a la marina de guerra por lo acontecido.


Caso 03: El VIM

1.- ¿Quién es responsable penalmente en este caso ?

El gerente Aníbal Hopkins, porque es él quien indica que el paso está restringido a personas que no sean A1.

2.- ¿Cómo se puede probar la responsabilidad penal de Hopkins ?

Buscando testigos y amigos para que declaren ante la responsabilidad del gerente Anibal Hopkins.

3.- ¿Qué responsabilidad puede tener el jefe de Oscar en la empresa VIMS?

Como responsable de la empresa VIMS, el jefe de Oscar no debería prestar servicios a discotecas o empresas con estos antecedentes o que se reservan el derecho de adminisión por razones discriminatorias.

4.- ¿Quién sería responsable ante Indecopi?

La Discoteca "Mamá Voladora", porque es la que presta el servicio a sus clientes.


Caso 04: El Periodista Racista


1.- ¿ Podrán ser consideradas estas expresiones de racistas (o discriminatorias, en general) hacia ciertas personas y grupos de personas?
Sí, por los adjetivos y calificativos que expresa hacia las personas y grupos de personas como algunas autoridades.
2.- La Convención Internacional contra el Racismo indica que ” Cada Estado parte prohibirá y hará cesar por todos los medios apropiados, incluso, si lo exigieran las circunstancias , medidas legislativas, la discriminación racial practicada por personas, grupos u organizaciones”¿Debería nuestro Estado hacer algo en este caso ?
El Estado debió prohibir y vetar estas expresiones que surgieron en un medio. Además de sancionarlos.

3.- ¿ Qué tipo de acción se podría realizar en este caso? ¿ Cabría una denuncia penal? ¿Un Proceso constitucional?
Una denuncia penal por discriminación por las personas afectadas en el caso.

4.- Si bien la libertad de expresión es un derecho fundamental, ¿excederían estas expresiones el contenido esencial de este derecho? ¿habrá alguna colisión con otros derechos, en este caso? ¿Cuáles?
Si, se excede, porque denigra el derecho a la dignidad de los demás.


EXCEPTIO VERITATIS Y DERECHO A LA RECTIFICACIÓN



Exceptio Veritatis: 

Es la facultad que se otorga al autor del delito de injurias para que pruebe la verdad de sus afirmaciones.
Las circunstancias en las cuales funciona Exceptio Veritatis son:



Cuando el ofendido es funcionario público y las imputaciones se refieren al ejercicio de sus funciones.

Cuando preexista un proceso penal abierto contra el ofendido.

Cuando el sujeto activo ha actuado en interés de causa pública o en defensa propia.

Cuando el sujeto pasivo solicite la continuación del proceso hasta probar la verdad o falsedad de las imputaciones.


Derecho a la Rectificación: 

El Derecho de rectificación es el derecho del afectado a que se modifiquen sus datos que resulten ser inexactos o incompletos.

La importancia que se le ha asignado al derecho a la rectificación, en cuanto brinda un modo para equilibrar la posición entre quienes informan (medios e informadores) y quienes son referidos y/o aludidos en tales noticias (personas naturales o jurídicas), es tal que se le ha asignado un rango constitucional.

La rectificación, como derecho autónomo, es reconocida en el artículo 2. °, inciso 7), en  la Constitución, en los siguientes términos:
Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviadas en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que éste se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley.


**** La obligación de rectificar informaciones inexactas o agraviantes al honor o a la buena reputación difundidas por cualquier medio de comunicación social, tiene por finalidad, a la par de contribuir con una correcta formación de la opinión pública libre. ***

- El derecho a la rectificación fluye cuando se produce una información falsa o inexacta. Es decir, sólo se podrá dar cuando la información publicada o difundida no corresponde en absoluto con la verdad (falsedad) o cuando se ajusta sólo en parte a ella (inexactitud).











ARGENTINA
La República Argentina, conocida simplemente como Argentina, es un país de América del Sur, ubicado en el extremo sur y sudeste de dicho subcontinente. Organizado de modo republicano, representativo y federal, se constituye de 24 entidades, 23 provincias y una ciudad autónoma, Buenos Aires, capital y sede del gobierno federal.
Sus ya más de 40 millones de habitantes promedian índices de desarrollo humano, renta per cápita y calidad de vida de entre los más altos en América Latina.Según el Banco Mundial, su PIB nominal es el  más importante del mundo, además, según datos del Fondo Monetario Internacional, si se considera el poder adquisitivo su PIB total, se transforma al país en la economía del mundo. Debido a su crecimiento, es uno de los tres estados soberanos latinoamericanos que forma parte del grupo de los 20 países emergentes más industrializados. En 2010, fue clasificado como nación de ingresos medianos altos o como un mercado emergente, también por el Banco Mundial. Es reconocida como una potencia regional.
Su territorio continental americano, que abarca gran parte del Cono Sur, limita al norte con Bolivia y Paraguay, al nordeste con Brasil, al este con Uruguay y el océano Atlántico, al oeste con Chile y, siempre en su sector americano, al sur con Chile y las aguas atlánticas del pasaje de Drake.
Los primeros registros de pobladores en el actual territorio argentino se remontan al período Paleolítico. La colonización española comenzó en 1512. Argentina surgió como el estado sucesor del Virreinato del Río de la Plata, una entidad del Imperio español fundada en 1776. El 25 de mayo de 1810 alcanzó la independencia de facto cuando fue depuesto el último virrey español que gobernó desde Buenos Aires, organizándose la Primera Junta de gobierno. El 9 de julio de 1816 la independencia fue proclamada de manera formal en San Miguel de Tucumán. Durante gran parte del siglo XIX, Argentina estuvo sometida a una serie de guerras civiles, que concluyeron en la reorganización del país como una federación de provincias, con Buenos Aires como capital. A partir de la segunda mitad del siglo XIX, mientras olas masivas de inmigración europea reformaban radicalmente su perspectiva cultural y demográfica, Argentina disfrutó de un aumento históricamente casi sin paralelo en prosperidad: a inicios del siglo XX, Argentina se ubicó como el séptimo estado nacional más rico y desarrollado del mundo. Sin embargo, después de 1930, y a pesar de mantenerse hasta mediados de siglo entre los quince países más ricos del mundo, sufrió una serie de golpes de Estado, restableciéndose la democracia en 1983, y una crisis económica, durante fines de los años 1990 y principios de los 2000, siendo actualmente un país en vías de desarrollo

Poder Ejecutivo

El poder ejecutivo es desempeñado por un ciudadano con el título de Presidente de la Nación Argentina, el cual es elegido por sufragio directo en doble vuelta junto con el candidato a vicepresidente. La segunda vuelta electoral se realiza entre las dos opciones más votadas si en la primera ninguna hubiera obtenido más del 45 % de los votos válidos o, si habiendo obtenido la opción más votada entre el 40 % y el 45 %, existiera una diferencia con la segunda opción menor al 10 %.El presidente y el vicepresidente duran cuatro años en sus mandatos y pueden ser reelegidos inmediatamente por un mandato más. El gabinete de ministros del presidente de la Nación es dirigido por el Jefe de Gabinete de ministros, quien se encuentra a cargo de la administración del país y es responsable ante el Congreso.

Poder Legislativo


El poder legislativo es ejercido por el Congreso de la Nación Argentina, integrado por dos cámaras. La Cámara de Diputados reúne a los representantes directos de la población. Son elegidos por el sistema de representación proporcional (sistema D'Hondt), duran cuatro años en su mandato y se renuevan por mitades cada dos años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Son electos tomando como distrito único cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se vota, por una lista de todos los candidatos de cada partido político o alianza electoral, a los puestos que cada distrito ponga en disputa en esa elección. En 2006 contaba con un total de 257 miembros.
El Senado reúne a los representantes de las 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiéndole a cada una dos senadores por la mayoría y uno por la minoría, sumando en total 72 miembros. Son elegidos por voto directo, duran seis años en su mandato y se renuevan por tercios cada dos años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
Por la Ley 24 012 de 1991 se estableció el cupo femenino en los cargos electivos, obligando a los partidos políticos a incluir un mínimo de un tercio de mujeres entre los candidatos. Desde entonces, la participación de las mujeres en la política se ha incrementado notablemente, siendo Argentina el país sudamericano con mayor cantidad de mujeres en el Poder Legislativo y estando, a su vez, entre los primeros diez a nivel mundial.
El Congreso de la Nación Argentina es el encargado de la formación y sanción de las leyes federales; además, tiene a su cargo la sanción de los códigos legales civil, penal, comercial, laboral, aeronáutico y de minería, entre otros.Cuenta con un organismo constitucional autónomo de asistencia técnica: la Auditoría General de la Nación, a cargo del control de legalidad, gestión y auditoria de toda la actividad de la administración pública.
Asimismo, en el ámbito del Congreso funciona el Defensor del Pueblo de la República Argentina como órgano independiente, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su propósito es defender los derechos humanos y los derechos constitucionales y legales que puedan ser afectados por la Administración.
Poder Judicial

domingo, 5 de julio de 2015

1.- ¿Qué entienden por Protectorado y señalar el primer protector del Perú y que beneficio nos trajo?
Es una  forma de gobierno o territorio que es protegido diplomática o militarmente por un estado o entidad internacional más fuerte. En cambio por esa protección, el protectorado acepta algunas obligaciones especificadas, que varían dependiendo de la naturaleza real de la relación entre ambas entidades. En la ficción legal, un protectorado es reconocido como estado autónomo al menos en potencia y generalmente mantiene alguna medida de soberanía o formas de gobernar y administración nativa.
Don Jóse de San Martín en el año de 1821 al 1822, que nos trajo el gran beneficio de la proclamación e independización de nuestro país y así iniciar una nueva etapa de cambios. 

2.- ¿ Que entienden por Triunvirato?
Grupo de tres personas que dirigen algo o están al frente de algo.


3.- ¿ Quien fue el Primer Presidente del Perú?
El primer Presidente de la República del Perú fue José de la Riva Agüero en el año de 1823.

4.-¿ Que entiendes por Caudillo, Anarquía y Confederación?
- Caudillo: Persona que guía y manda a un grupo de personas, especialmente a un ejército o gente armada.
- Anarquía: Ausencia total de estructura gubernamental en un Estado.
-Confederación: Unión de estados que, conservando un gobierno particular, se someten a un poder general.

5.- ¿Que representó Ramon Castilla su 1er y 2do Gobierno?
Ramon Castilla represento al Perú más de 4 veces, es considerado el libertador de los negros y de los negros y de los indios al abolir la exclavitud y el tributo indígeno. En 1844 asumió la Presidencia por primera vez, su segundo gobierno en 1855.

6.-¿ Quien fue el primer Presidente civil del siglo XIX?
Fue Manuel Pardo y Lavalle en el año de 1872 al 1876.

7.- ¿ Que entiendo por Tecnocracia?
Forma de gobierno en el que los cargos públicos no son desempeñados por políticos, sino por especialistas en sectores productivos o de conocimiento.
En la tecnocracia , los dirigentes no están subordinados a una ideología política 

8.- ¿ Aporte de Nícolas de Píerola y Andres Avelino Cacéres?
Andres Avelino Cacéres aparte de ser uno de los militares que no se rindió ante los chilenos e hizo resistencia y dar un aporte.